A- de 2017
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Javier Armando Suarez Pascagaza Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Condiciones formales y materiales
- Alcance de la causal "haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada"
- Rechazada por impertinente
- Causal de interés directo en la decisión
- Causales taxativas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recusaciones formuladas en contra de los Magistrados Diana Fajardo Rivera y Antonio José Lizarazo Ocampo.
La pretensión de las dos solicitudes se orienta a impedir que los precitados magistrados participen en el debate de resolución de los incidentes de nulidad formulados en contra de la Sentencia C-332/17.
Las causales alegadas son las previstas en los artículos 25 y 26 del Decreto 2067 de 1991.
Esto es, haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada y tener interés en la decisión.
La Sala Plena decide RECHAZAR ambas recusaciones.
La formulada contra el Magistrado Lizarazo, por falta del cumplimiento de los requisitos de legitimidad y pertinencia y, la presentada en contra de la Doctora Fajardo, por falta de pertinencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR por falta del cumplimiento de los requisitos de legitimidad y pertinencia, la recusacion presentada por Javier Armando Suarez Pascagaza contra el Magistrado Antonio Lizarazo Ocampo, dentro del incidente de nulidad de la Sentencia C-332 de 2017.
- SEGUNDO. RECHAZAR por falta de pertinencia las recusaciones presentadas por los senadores Paloma Valencia Laserna e Ivan Duque Marquez contra la Magistrada Diana Fajardo Rivera, dentro del incidente de nulidad de la Sentencia C-332 de 2017.
- TERCERO. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.